DERECHOS DE LOS PACIENTES
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Elegir libremente el asegurador, la IPS y el profesional de la salud que quiere que lo trate, dentro de la red disponible.
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Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud requeridos.
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Que solamente le exijan su documento de identidad para acceder a los servicios de salud requeridos.
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Que le informen donde y como pueden presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud prestada.
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Recibir un trato digno sin discriminación alguna.
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Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
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Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento.
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Ser informado sobre los costos de su atención en salud.
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Que se mantenga estricta confidencialidad sobre su información clÃnica.
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Ser incluido en estudios de investigación cientÃfica, solo si lo autoriza.
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Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral.
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Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su asegurador valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo.
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Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.
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Que usted o la persona que lo represente acepte o rechace cualquier tratamiento y que si opinión sea tenida en cuenta y respetada.
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Que se respete su voluntad de donar o no sus órganos
DEBERES DE LOS PACIENTES
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Cuidar su salud, la de su familia y su comunidad.
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Suministrar oportuna y verazmente información sobre su estado de salud.
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Cumplir de manera responsable con las recomendaciones de los profesionales de salud que lo atiendan.
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Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
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Respetar al personal de salud y cuidar las instalaciones donde le presten dichos servicios.
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Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al Sistema de Salud.
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Brindar la Información requerida para la atención médica y contribuir con los gastos de acuerdo con su capacidad económica.
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Canalizar por el conducto regular sus quejas y sugerencias.
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Designar una tercera persona para proporcionar por usted el consentimiento informado cuando las condiciones lo ameriten.